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lunes, 1 de octubre de 2012

Breve reseña historica del Esequibo Venezolano

Territorio venezolano en el esequibo.


Centenaria Reclamación.



El presente estudio de la Reclamación Territorial Venezolana en el Esequibo, forma parte de un trabajo investigativo detallado y completo ya realizado. No obstante, con el fin de contribuir en el conocimiento de una problemática territorial que nos compete a todos, se concibió y redactó este extracto de manera práctica y sencilla, a los efectos de que todo venezolano con interés, pueda serle de utilidad en el conocimiento de la realidad que, tanto daño por disminución territorial, ha experimentado la Nación venezolana. Es nuestro deber e interés como Organización Política Nacionalista, contribuir al fortalecimiento y apego de nuestro gentilicio, a aquellos valores culturales y territoriales que, acentúen tan maravilloso gentilicio de nación, como es el excelso sentimiento de ser venezolano.







Breve reseña histórica.



El actual territorio de Venezuela, está comprendido dentro de aquel espacio geográfico que correspondió en una oportunidad a la Capitanía General de Venezuela, antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1.810, con las modificaciones resultantes de los Tratados y Laudos arbítrales no viciados de nulidad.

Así define al territorio nacional la Constitución en su Art.-10. Este territorio que ganó la Nación venezolana a un alto costo en vidas humanas y que selló en su soberanía con el Acta de independencia. Formó parte en una etapa histórica, de aquellos territorios tutelados por la Corona Española, que; nunca fueron parte de ningún otro imperio en la ocupación de la América.

Este territorio tutelado por España, descubierto al mundo conocido, por ésta nación en 1.499, se extendía hasta los limites del Río Esequibo, y pasaron mediante la figura de Derecho Internacional del -Iutis Posidetis Iuris- , tal como poseías seguirás poseyendo,.. A formar parte de la territorialidad soberana de la naciente nación venezolana. Para el año 1821, Venezuela ya soberana e independiente, se lanza a la aventura de incorporarse a una nueva Nación denominada Gran Colombia, adhesión ésta que duró hasta el año 1830, y que generó traumas territoriales al ejecutarse su posterior separación. Traumas territoriales que se concretaron en inmensas pérdidas de territorio en la frontera occidental de la nación.

Pero como el presente estudio trata del Esequibo,.. Y no de otra frontera; nos concentraremos en el límite oriental del país. El 30 de marzo de 1845, al firmar España el Tratado de Reconocimiento de la Soberanía sobre el territorio Venezolano, conocido anterior a la Independencia de Venezuela como “Capitanía General de Venezuela”, incluyó en ella a la Provincia de Guayana que limitaba al Este con el río Esequibo. En 1814 Gran Bretaña obtuvo de Holanda, lo que posteriormente se llamó la Guayana Británica, ésta limitaba con Venezuela con la frontera del río Esequibo. Ésta es la frontera reconocida en cantidad de mapas impresos en Londres y en particular en el de la Cruz de Cano que, en 1799 publicó el General Francisco de Miranda, con el propio patrocinio del gobierno Británico. La primera vez que Gran Bretaña puso su vista expansionista en la Guayana Venezolana,.. Fue al publicarse la –Seudo línea Schomburgk de 1840- en el conocido –Sketch Map- del –Parlamentary Papers-. Esta publicación fue diligentemente protestada por Venezuela. Pero no obstante, en consecuente seguimiento con la política territorial expansionista en pleno apogeo del Imperio Británico, se confió una vez más al cartógrafo prusiano al servicio de la Corona Británica, Schomburgk, para que publicara la base de sus exploraciones, la cual hizo en Londres con la denominación de: “Una descripción cartográfica de la Guayana Británica”. Obra ésta, producto de sus exploraciones en la zona desde 1835 a 1839. Esta obra publicada por éste cartógrafo, vendría con el tiempo a configurar una de las usurpaciones territoriales más amargas a la nación venezolana en todos sus tiempos. En la obra de este señor Schomburgk, “se publicó un mapa del territorio que, según su criterio debía reclamar para sí la Gran Bretaña. Incluye en su obra todos los ríos tributarios del Esequibo, y al Monte Roraima.” De esta forma y manera, el Imperio Británico daba inicio a su aspiración de expansión territorial en la Guayana Británica, a costa de la Guayana Venezolana, pasando de hecho a usurpar más de 76.000 millas cuadradas, anexándoselas de hecho, e incremento éste su territorio, a costa de la usurpación y arrebato del territorio venezolano. Territorio ganado por los venezolanos al Imperio Español en América. Para ocupar ese extenso territorio de la Guayana Británica con la inclusión de los usurpados a Venezuela,.. Citaba Schomburgk en su publicación: donde aconsejaba a la Corona Británica,.. a estimular la libre e ilimitada emigración de: hindúes, Africanos, colíes, y de cualquier otro grupo inmigratorio que pudiese asentarse en la región, como los ciudadanos de tez negra de la comunidad de Junestown, quienes fueron por muchos años incentivados a emigrar, de los Estados Unidos de América a la Guayana, para así implementar un proceso de usurpación, sustentado en la trasplantación de nuevos inmigrantes que desconocieran la cultura e idioma de la Nación usurpada, en este caso la venezolana. Motivado a la publicación de esa usurpadora obra del Señor Schomburgk, que estimulaba al Imperio Británico a la invasión de un territorio sabido como ajeno, fue una vez más –Protestada por Venezuela-, asunto que conllevo que, la cancillería Inglesa mediante la vocería de un funcionario de alto rango de nombre Lord Aberdeen, propusiera una nueva línea divisoria apartándose evidentemente de la línea propuesta por Schomburgk. No obstante a ésta última propuesta, la perversa política expansionista Británica de ocupar cuanto territorio le viniese en ganas alrededor del mundo, fue sistemáticamente corriendo su frontera Occidental de la Guayana Británica, de la manera siguiente: la linea Schomburgk original de 1840, penetra en 4.920 Km2 al territorio venezolano corriendo la frontera a partir del río Esequibo. La línea Aberdeen de 1844 secunda la penetración del territorio venezolano establecida por Schomburgk, penetrando el territorio a la altura del Río Guainí arrebatandole a Venezuela 141.930 Km2. La línea Granville dispuso en 1881 desplazar más hacia el occidente la línea fronteriza, usurpandole a Venezuela 167.830 Km2, llegando así, al Río Barima. La Línea Rosebery de 1.886 desplaza la linea divisoria y la proyecta a la propia desmbocadura del Río Orinoco. Así sucesivamente fueron ocupando la Guayana Venezolana. Haciendo alarde de la expansión Imperialista Británica, publicada en el “Statesman´ Year Boock”, que; hacía público el haber incrementado la superficie de la Guayana Británica, donde en 1.885, coincidiendo con el “Diccionario Geográfico Universal de París de 1828”, donde había publicado tener una superficie de 76.000 millas cuadradas; para 1887 publicaba tener para la Guayana Británica la extensión de 109.000 millas cuadradas. De ésta forma y manera, la corona Británica le usurpaba sistemáticamente a la naciente Nación Venezolana, un inmenso territorio ubicado en la margen occidental del Río Esequibo, llegando hasta la desembocadura del Río Orinoco, pretendiendo controlar su Delta hacía el Océano Atlántico.

En su edición del mes de febrero de 1.896 la prestigiosa revista internacional “National Geographic”, publicó un artículo del señor William E. Curtís, ex director de la Oficina para Latinoamérica de EEUU, donde se escribió un artículo sobre Venezuela,.. Pueblo y Frontera. Ahí refiere el artículo (cito): “que debido a las minas ubicadas en territorio venezolano, Inglaterra en su política expansionista pretendía amenazar a Venezuela, colocando dos navíos de guerra en las bocas del Orinoco, valiéndose de cualquier excusa, para así tomar posesión de ese prometedor territorio minero”.

Esta sucesiva expansión a costa del territorio venezolano, llevó a Venezuela a la ruptura de relaciones con Gran Bretaña en 1.886... la protesta venezolana no podía ir más lejos, dada la actitud prepotente de la Gran Bretaña que, buscaba una ocasión para enfrentar bélicamente a Venezuela, y así por la vía de la victoria en armas, dominar el territorio ya usurpado, controlando las salida del Orinoco al Océano Atlántico. De esta forma, se configuró la desposesión para la nación Venezolana, de un territorio ganado en su gesta independentista al Imperio Español, arrebatado ahora por el Imperio de la Gran Bretaña.



De la respuesta y comportamiento de la Comunidad Internacional, ante tal usurpación del territorio Venezolano.

Dentro de esta problemática de usurpación sufrida por la Nación venezolana, a manos del Imperio Británico... Hay que ser justo, y aprender a valorar las actitudes demostradas por gobiernos y naciones extranjeras que, no dudaron en cerrar filas a favor de la causa venezolana. Dentro de este marco, hay que analizar la conducta de los Estados Unidos de América, en ese conflicto. Para finales del siglo XIX, los Estados Unidos de América era presidida por el ciudadano Presidente Stephen Grover Cleveland, este ciudadano estadounidense que dirigió los destinos de esa gran nación en dos oportunidades, pronunció un discurso al Congreso de su país, donde se pronunció entre la controversia limítrofe de Venezuela con la Gran Bretaña. Expuso las razones por la que, tal controversia debía someterse al -arbitraje-, señaló el presidente Cleveland,.. “que Estados Unidos no puede aceptar que Inglaterra actúe como un Estado Suramericano en este continente, y permitir que tal suerte de controversia, tenga el trato como si fuese entre Brasil y Venezuela, ó entre Venezuela y Colombia, que son Estados limítrofes”. E instó enérgicamente a la Gran Bretaña, a parar la incursión de la nación Europea, al territorio de una nación Americana. Esta intervención del Presidente Cleveland a favor de Venezuela, generó enfrentamientos diplomáticos con la Gran Bretaña, donde el Presidente Cleveland, les da en fecha 17 de diciembre de 1895, un –ultimátum- a los ingleses de someter la controversia al –arbitraje-. En las ediciones de julio y agosto de 1897 de la conocida revista –National Geographic-,.. Recogió el incidente diplomático y territorial, mediante un trabajo de investigación titulado –La Comisión de Limites de Venezuela y sus trabajos- hace una excelente publicación de los mapas reconocidos a Venezuela donde se incluye la frontera hasta el río Esequibo, y publica el trabajo realizado por la –Comisión del Congreso de los Estados Unidos de América-, que ratificaban la posición Venezolana, de que sus fronteras con la colonia Británica llegaban hasta el río Esequibo. Determinó además esta –Comisión del Congreso de Estados Unidos de América- hasta donde llegaban los límites del territorio adquirido por la Gran Bretaña, a Holanda, y cuál era la magnitud del territorio usurpado a Venezuela. A pesar de los llamados internacionales a la Gran Bretaña para que aceptara someter la controversia al –arbitraje-, y de la consecuente negativa de ésta. Fue la definitiva intervención de los Estados Unidos, que obligó a ese Imperio Británico a someterse al –arbitraje-. Winston Churchill en su libro “Historia de los Pueblos de Habla Inglesa”, le dedicó unas líneas a la disputa fronteriza de Venezuela con la Gran Bretaña, justificando la aprobación de Gran Bretaña a ir a un –arbitraje-, ya que su país no podía estar en la mala con los Estados Unidos de América, y a la vez enfrentar a los alemanes, y a los boers en Suráfrica.







Del nefasto e injusto Laudo arbitral de París del 3 de octubre de 1899.

El 2 de febrero de 1897, Venezuela y el Imperio de la Gran Bretaña, firman el –Tratado de Arbitraje en Washington- Este Tribunal de arbitraje investigará y determinará la extensión de los territorios que fueron en una oportunidad de las Provincias Unidas de los Países Bajos (Holanda), ahora reclamados por la Gran Bretaña, y los territorios que estuvieron bajo la tutela de España, ahora reclamados por Venezuela. La representación de Venezuela demostró fehacientemente la titularidad de todos los territorios ubicados en la margen occidental del río Esequibo. Contrariamente Inglaterra, no pudo probar haber adquirido un solo metro de tierra en la margen occidental del mencionado río limítrofe del Esequibo. Inglaterra presentó una serie de mapas forjados que, no aguantaban el cotejo con los mapas e instrumentos históricos presentados por Venezuela. El 3 de octubre de 1899, se reúne el nefasto Tribunal de París para decidir,.. y “decide”, contrariando el Artículo 3° del –Tratado de Arbitraje del 2 de febrero de 1897 firmado en Washington-,que, no era mas que determinar que: territorios eran de Holanda, reclamados por Gran Bretaña,.. y cuales fueron de España, reclamados por Venezuela... “Falló”, sin aplicar ninguna de las tres reglas del compromiso arbitral,.. y “determinó que la línea de demarcación entre Venezuela y la Gran Bretaña seguía una línea equivalente a los actuales límites del territorio en reclamación.” De esta forma y manera, el –Laudo Arbitral de París del 3 de octubre de 1899”, le cercenó a la geografía nacional de Venezuela 159.500 Km2, ubicados todos en la margen occidental del río Esequibo.



Del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Después del despojo a que fue sometida Venezuela por el -Laudo de París de 1899-, y con la llegada de otros tiempos políticos, es que los Imperios colonialistas como el de Gran Bretaña empiezan a perder espacios territoriales en el mundo. Su colonia de la Guayana Británica, empieza a requerir su independencia de la corona Británica. Este movimiento independentista de la Guayana Británica, es aprovechado muy eficazmente por la diplomacia de Venezuela, que presidió el ciudadano Raúl Leoni presidente de Venezuela... Siendo el caso que Venezuela ha sostenido en el tiempo su reclamación sobre todos los territorios ubicados en la margen occidental del rió Esequibo, señalando de –nulo- el referido –Laudo de Paris de 1899-. Venezuela entra en conversación y negociaciones una vez más con el Imperio de la Gran Bretaña, pero ésta vez, la Gran Bretaña busca de Venezuela el reconocimiento internacional a la naciente Nación próxima a independizarse. Venezuela condiciona tal reconocimiento, el cual es plasmado en un -Acuerdo, firmado en Ginebra el 17 de febrero de 1966-, que; es el instrumento jurídico en que se circunscribe legalmente en la actualidad la disputa territorial ahora sostenida entre Venezuela y la República Cooperativa de Guyana, antigua Guayana Británica. Este instrumento jurídico es un éxito de la diplomacia Venezolana, ya que después de haber sido desfavorecida en un Laudo Arbitral,.. acuerda con la parte favorecida que, es la Gran Bretaña, y logra que ésta última –acepte y acuerde- que aun existe una controversia limítrofe territorial, éxito diplomático éste, que no han sabido aprovechar los sucesivos gobiernos en Venezuela,.. Pero que aún está vigente, y mantiene viva la controversia.



El artículo I del Acuerdo de Ginebra, cita: Se establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar satisfacciones para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgida como consecuencia de la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito.



El artículo IV del Acuerdo de Ginebra, cita: (1) Si dentro de un plazo de cuatro años contados a partir de la fecha de este Acuerdo, la Comisión Mixta no hubiere llegado a un acuerdo completo para la solución de la controversia, referirá al Gobierno de Venezuela y al Gobierno de Guyana en su informe final cualesquiera cuestiones pendientes. Dichos gobiernos escogerán sin demora uno de los medios de solución pacífica previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.

(2) Si dentro de los tres meses siguientes a la recepción del Informe final, el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guyana no hubieren llegado a un acuerdo con respecto a la elección de uno de los medios de solución previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, referirán la decisión sobre los medios de solución a un órgano internacional apropiado que ambos gobiernos acuerden, o de no llegar a un acuerdo sobre este punto, al secretario general de las Naciones Unidas. Si los medios así escogidos no conducen a una solución de la controversia, dicho órgano, o como puede ser el caso, el secretario general de las Naciones Unidas, escogerán otro de los medios estipulados en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, y así sucesivamente, hasta que la controversia haya sido resuelta, o hasta que todos los medios de solución pacífica contemplados de dicho artículo hayan sido agotados.



El status –quo,.. o situación jurídica actual de la Reclamación, está establecida en el -Acta de Ginebra firmado el 17 de febrero de 1966-, donde ambas naciones en litigio, como son Venezuela y la República Cooperativa de Guyana, están obligadas a llegar a un: -acuerdo práctico y satisfactorio a las partes- (Art.-4 del Acuerdo de Ginebra), y para eso han de utilizar cualquiera de los medios pacíficos establecidos en Art.- 33 de la Carta de las Organización de las Naciones Unidas. (Art.4 del Acuerdo de Ginebra). Para esto es necesario que, Venezuela siente a la mesa en el marco del Acuerdo de Ginebra a la República Cooperativa de Guyana... Y esto se hace procediendo Venezuela a prestar asistencia afectiva y efectiva a todos los venezolanos que vivan y hayan nacido en la zona en Reclamación, ubicada en la margen occidental del río Esequibo. Entiéndase, una masiva y organizada ocupación de médicos venezolanos, y de asistencia social, que atiendan a esa población olvidada del Esequibo venezolano, todo en el marco del Acuerdo de Ginebra de 1966, acordada previamente con la Organización de las Naciones Unidas. Actualmente debido a la ausencia de presencia venezolana en ese vasto territorio, los recursos de esa importante zona en Reclamación,.. Son diezmados,... los ríos tributarios y principales del Esequibo, son contaminados con mercurio y metales pesados. Nuestros barcos de pesca son retenidos ilegalmente, confiscadas sus cargas,.. Apresados sus tripulaciones, condenando a la quiebra a los armadores venezolanos, con cuantiosas multas en divisas,.. Todo con procesos ilegales, inhumanos y coercitivos. Estos abusos en la actualidad, podríamos evitarlos, si el gobierno venezolano, pusiera en ejecución: el –Decreto del 09 de julio de 1968, del extinto presidente Raúl Leoni, que declaró mar territorial de Venezuela, la faja de mar que se extiende desde Punta Playa hasta la desembocadura del Esequibo. Decreto éste no derogado, pero que lamentablemente, todos éstos, débiles, flojos y sucesivos gobiernos no han querido aplicar.



El Esequibo está lejos de estar perdido, y aquellos que sostengan lo contrario, no hacen más que evidenciar una posición entreguista que, tanto ha contribuido a través del tiempos en las inmensas pérdidas territoriales que ha sufrido nuestra Nación venezolana.






Escrito por:
HOMER RODRÍGUEZ



11 de Mayo de 2.008

























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